Regulación a la subcontratación laboral

4 · 07 · 21

El pasado 12 de noviembre 2020, el Ejecutivo Federal presentó una propuesta de reforma en materia de subcontratación laboral, con el propósito de combatir la subcontratación ilegal. Dicho esto, el enfoque se basa en:

Prohibir la subcontratación de personal, es decir; que una persona Física (individuo) o Moral (empresa) ponga a disposición trabajadores propios en beneficio de otras. Así mismo, se plantea que no se considerará subcontratación de personal: la “prestación de servicios u obras especializados” …en conjunto con la condición de que el contratista (quien brinda el servicio) cuente con autorización de la STPS (Secretaría del Trabajo y Previsión Social).

El cumplimiento del concepto “especializado”, se encuentra enfocado en que; aquellos servicios que desarrollen los trabajadores objeto de la prestación de estos: no formen parte del objeto social ni de la actividad económica de la beneficiaria.

Ahora bien, justamente ayer se reunieron con el Presidente Andrés Manuel López Obrador los principales representantes de los sectores obrero y empresarial, funcionarios del Gobierno de México, así como representantes del Poder Legislativo, dentro de lo cual se establecieron los siguientes acuerdos:
*La prohibición de la subcontratación de personal.
*La regulación de la subcontratación de servicios especializados distintos del objeto social y de la actividad económica preponderante de la empresa contratante.
*El registro ante la STPS y la inscripción al padrón público de las empresas de subcontratación de servicios y obras especializados, la responsabilidad solidaria en caso de incumplimiento.
*El otorgamiento de un plazo de tres meses para que los trabajadores subcontratados pasen a formar parte de la nómina del patrón real.
Adicionalmente, se llegó a un acuerdo sobre el tema de reparto de utilidades para evitar posibles distorsiones en empresas de uso intensivo de capital, creando dos modalidades para el cálculo del reparto.

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