¿Qué son?
Son documentos electrónicos en los cuales se detalla la cantidad y fecha en que se paga la factura.
¿Cuándo entro en vigor?
A partir del 1 de septiembre de 2018
¿Cuándo se realiza?
Cuando la factura se hace en pagos diferidos o en parcialidades, es decir, cuando no recibimos el pago el mismo día que se emite la factura.
De acuerdo con las nuevas disposiciones, el emisor (quien emite el CFDI) y el receptor (quien lo recibe) pueden ponerse de acuerdo, y si el segundo acepta pagar la totalidad del monto a más tardar el día 17 del mes inmediato posterior a la emisión, podemos registrar el método de pago como ‘En una sola exhibición’ y no será necesario emitir complemento de pago.
No obstante, si el receptor no cumple con lo acordado y llega el día 17 del mes posterior el CFDI se deberá cancelar y se emitirá uno nuevo con el método de pago diferido o en parcialidades y se deberá realizar el complemento de pago cuando se haya recibido el dinero.
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