Los patrones que afilien al IMSS a sus trabajadores en caso de algún siniestro de trabajo, recibirán dependiendo el grado de lesión, las prestaciones que ofrece la empresa, las cuales van desde otorgamiento de atención médica, quirúrgica, hospitalaria y medicamentos, hasta el pago de subsidios por incapacidad, indemnización o pensiones respectivas.
Si no se les dio de alta ante el IMSS, los patrones deberán pagar las prestaciones, indemnizaciones correspondientes, ya sea por la muerte, incapacidad temporal o permanente que estos padezcan a causa de su trabajo, en los términos señalados en la LFT.
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