Deben expedir CFDI a sus clientes ante la venta de bienes y servicios y, a su vez, solicitar su CFDI a sus proveedores por los gastos o compras relacionadas con sus actividades; además deben llevar la contabilidad de sus ingresos, gastos, compras o inversiones, ya que deben presentar declaraciones mensuales, anuales e informativas para las que necesitan descargar XML SAT y presentar su contabilidad electrónica.
Se clasifican en:
1.Asalariados: Son las personas físicas que perciben un salario, así como las prestaciones derivadas de su empleo.
2.Servicios Profesionales o Régimen de Honorarios: Son las personas físicas que prestan sus servicios profesionales de forma independiente a empresas, dependencias de gobierno u otras personas físicas.
3.Arrendatario: Son las personas físicas que obtienen ingresos por rentar bienes inmuebles como casas, departamentos, edificios, locales comerciales, entre otros.
4.Actividades Empresariales: Son las personas físicas que realizan actividades comerciales, que cuentan con su propio negocio, forman parte de este régimen como los restaurantes, talleres mecánicos, misceláneas, escuelas, ferreterías, artesanos, etc.
5.Régimen de Incorporación Fiscal o RIF: también conocidos como Repecos, es el régimen que ocupan las personas físicas que vendan o prestan servicios para los cuales no se requiere un título profesional, también pueden ocupar en este régimen, quienes obtienen ingresos por sueldos y salarios, asimilados a salarios o por intereses.
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