El grupo Egmont tiene su origen en Bruselas (Bélgica) específicamente en el palacio Egmont-Arenberg en junio de 1995 y es una organización para proporcionar un foro para las Unidades de Inteligencia Financiera de todo el mundo con la finalidad de mejorar la cooperación de la lucha contra el lavado de dinero y el financiamiento al terrorismo, en México, ambos delitos tipificados en el código penal federal (CPF) en sus artículos 400-Bis y 139 Quáter respectivamente.
Estructura.
Presidente de Grupo Egmont. – Actúa en representación de los jefes de las UIF y del Grupo Egmont. Es electo por los jefes de las UIF de entre sus miembros, por un período de dos años con la opción de extenderlo por otros dos más.
El Comité de Egmont. – Funciona como mecanismo de consulta y coordinación para los jefes de las UIF, los representantes regionales y los Grupos de Trabajo. Está compuesto, por el presidente del Comité (quien es el presidente del Grupo Egmont), dos vicepresidentes elegido de entre los miembros del Comité, los presidentes de los Grupos de Trabajo, los representantes de los grupos regionales; el Representante de la Red Segura de Egmont (ESW por sus siglas en inglés) y el Secretario Ejecutivo. Las decisiones se toman por consenso.
Los Grupos de Referencia. – Son creados por el Comité de Egmont para brindarle asesoría y apoyo. No son órganos de toma de decisiones y no deberán reemplazar o duplicar el trabajo de los Grupos de Trabajo.
La Secretaría. – Presta apoyo estratégico, administrativo y de otra índole a la estructura y a las actividades generales del Grupo; así como asesoría técnica en materia de ALD/CFT a los jefes de las UIF, al Comité de Egmont y a los Grupos de Trabajo, de acuerdo con sus instrucciones. El Secretario Ejecutivo está a cargo de la Secretaría e informa directamente al presidente del Grupo.
Los Grupos de Trabajo. – Para cumplir su misión de desarrollo, cooperación y compartición de experiencia, los Jefes de las UIF crean Grupos de Trabajo, por recomendación del Comité de Egmont y autorizan sus actividades, alineando dichas actividades con el Plan Estratégico del Grupo Egmont. Están encabezados por un presidente y vicepresidente, con una duración de dos años. Actualmente existen los siguientes Grupos de Trabajo: el Legal, Formación y Comunicación, Outreach, Operacional y de Tecnologías de la Información.
Los Grupos Regionales. – Para lograr su misión de desarrollo, cooperación e intercambio de experiencias, el Grupo Egmont crea Grupos Regionales. Los Grupos Regionales están organizados con base en la distribución geográfica y son representados por sus Representantes Regionales en el Comité de Egmont. Todo miembro del Grupo Egmont es miembro de un Grupo Regional. Se reúnen durante la semana de la Plenaria y se les exhorta a que se reúnan a lo largo del año, cuando sea posible, para colaborar en asuntos y actividades regionales.
La Red Segura de Egmont (ESW). – Es un sistema de comunicación electrónico que permite a los miembros compartir de forma encriptada correos e inteligencia financiera, así como otra información de interés para los miembros y para el funcionamiento del Grupo Egmont. La ESW es crucial para el funcionamiento efectivo del Grupo Egmont y por lo tanto los jefes de las UIF proveerán un mandato a la ESW, aprobarán y darán seguimiento a su estructura y políticas de gobernanza.
Definición de Unidad de Inteligencia Financiera.
Centro nacional para la recepción y análisis de:
(a) reportes de operaciones sospechosas; y
(b) otra información relevante al lavado de dinero, delitos precedentes asociados y financiamiento al terrorismo, y para la diseminación de los resultados de dicho análisis.
La UIF deberá tener capacidad para obtener información adicional de los sujetos obligados, y deberá tener acceso oportuno a la información financiera, administrativa y del orden público que requiera para llevar a cabo sus funciones apropiadamente.
Lo anterior es coincidente con la Recomendación 29 del GAFI.
Tipos de Unidades de Inteligencia Financiera.
De tipo administrativa. – Forman parte de la estructura o en el ámbito de supervisión de una administración u organismo distinto a las autoridades judiciales o policiales. Funcionan como intermediarios entre el sistema financiero, otros sujetos obligados y las autoridades de procuración de justicia.
De tipo policial. – Es un órgano con las potestades necesarias para hacer cumplir la ley sin tener que diseñar una entidad y un marco jurídico y administrativo totalmente nuevos (por ejemplo, cuenta con facultades de investigación).
De tipo judicial o asimilable a una fiscalía. – Forma parte del Poder Judicial del Estado, con mayor frecuencia bajo la jurisdicción de la fiscalía o del ministerio público.
De tipo híbrido. – Funciona conforme a diferentes combinaciones de los tipos antes descritos.
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