Vigencia para activar el Buzón Tributario

7 · 02 · 20

La plataforma SAT, nos brinda atención a distancia, esta comunicación de igual forma se puede llevar a cabo sin necesidad de esperar horas y horas un turno para ser atendido, dándonos como medio de comunicación el BUZÓN TRIBUTARIO.

Ahora toca el turno a las Personas Físicas que se encuentren en el régimen de asimilados a salarios cuyos ingresos del ejercicio inmediato anterior por este esquema, hubiese sido igual o superior a $3’000,000, teniendo como fecha límite para activar este medio de contacto el 15 de julio del 2020.

Debido a una modificación al Cuadragésimo Séptimo Transitorio, en la segunda Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2020, en su tercera versión anticipada. En él podemos encontrar los plazos para dicho proceso, activación y/o actualización de medios de contacto válidos.

OBLIGADOS:

  • Asimilados a Salarios (CON INGRESOS IGUALES O MAYORES POR $3’000,000) 15 de Julio del 2020.
  • Personas Morales: 30 de septiembre de 2020.
  • Personas Físicas distintas al régimen de asimilados: 30 de noviembre del 2020.

RELEVADOS DE LA OBLIGACION:

  • Régimen de incorporación Fiscal.
  • Régimen de Ingresos por la enajenación de bienes o servicios a través de internet, mediante plataformas digitales, aplicaciones informáticas y similares.

DE CARÁCTER OPCIONAL:

Personas físicas con esquema de sueldos y salarios.

De igual forma en esta modificación podemos encontrar los importes de multa, en caso de no realizar el debido proceso, siendo los importes desde $3,080 a $9,250. ¿Tienes dudas? ¿No sabes si estas obligado o no?, nosotros podemos asesorarte, acércate a nosotros.

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