Régimen de los demás ingresos

6 · 24 · 20

Es aquél en el cual las personas físicas obtienen ingresos distintos a los correspondientes en los demás regímenes fiscales que existen para las personas físicas, como ingresos por deudas perdonadas, ganancias cambiarias, derechos de autor, los provenientes de operaciones financieras, entre otros.

Si obtuviste algún ingreso similar a los anteriormente mencionados, estás en este régimen. Si obtienes ingresos de este tipo debes declararlos. Si no estás inscrito en el RFC, debes inscribirte.

Recuerda realizar el pago a cuenta del impuesto anual y presentar la Declaración Anual y si por el ingreso que obtuviste te retuvieron el impuesto, deben emitirte un comprobante fiscal que ampare los pagos y retenciones.

Para presentar tu pago, obtén la línea de captura a través del servicio de Declaraciones y Pagos, para ello recuerda tener a la mano tu contraseña o e.firma.

Para realizar tu declaración anual utiliza: “el aplicativo de Declaración Anual de personas físicas”.

Como persona física podrás considerar en tu Declaración Anual deducciones personales como gastos médicos, hospitalarios, dentales, intereses por créditos hipotecarios, servicios profesionales de psicología y nutrición, entre otros. Y si obtienes saldo a favor, puedes solicitar la devolución.

No te quedes con la duda, podemos asesorarte.

Conoce Más

Conoce los diferentes tipos de finanzas

Conoce los diferentes tipos de finanzas

Son aquellos que estudian el funcionamiento de los mercados de dinero y capitales. Existen 3 tipos: 1.- Públicas: Se refieren a la actividad Económica del sector público (activo y pasivo de la Nación); el Estado para poder realizar sus funciones y afrontar sus...

leer más
Diferencia entre inversión y gasto

Diferencia entre inversión y gasto

La diferencia fundamental es que el Gasto no genera inversión, en cambio la Inversión sí deberá generar beneficios en un futuro.  Es decir, el gasto son todos los pagos que hace la empresa, algunas personas consideran el gasto como una pérdida.   Ahora bien hablemos...

leer más

Comentarios

0 comentarios

Enviar un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.